ABOGADOS LABORALISTAS

El bufete CONTRERAS DE DIOS ABOGADOS, fundado en 2013 por Andrés Contreras Serrano y Elena de Dios Montejo, ambos miembros del Ilustre Colegio de Abogados de Badajoz, ofrece asesoramiento jurídico especializado en Derecho laboral. Con amplia experiencia en bufetes de prestigio nacional e internacional, su práctica abarca tanto la asesoría preventiva como la representación legal en conflictos laborales, contando con la confianza de importantes clientes nacionales y extranjeros.

Especialización en Derecho Laboral

Nuestro Despacho está enfocado de forma exclusiva en el asesoramiento jurídico-laboral, ofreciendo soluciones específicas y personalizadas para conflictos laborales.

Experiencia y Trayectoria

Fundado por los letrados Andrés Contreras Serrano y Elena de Dios Montejo, ambos con amplia experiencia y reconocimiento en el ámbito jurídico-laboral a nivel nacional.

Compromiso con la Excelencia

Valores fundamentales como compromiso, profesionalidad y calidad de servicio, avalados por la confianza de importantes clientes nacionales e internacionales

Descubre nuestro Bufete

Con el objetivo definido de ofrecer asesoramiento jurídico especializado en materia laboral, se crea en el año 2013 el bufete CONTRERAS DE DIOS ABOGADOS, fundado por parte de los letrados del Ilustre Colegio de Abogados de Badajoz, Andrés Contreras Serrano y Elena de Dios Montejo.

Nuestros Honorarios​

En nuestro bufete, garantizamos honorarios justos y transparentes, adaptados a la complejidad de cada caso. Presentamos una hoja de encargo detallada y ofrecemos facilidades de pago, incluyendo cuotas sin intereses. También disponemos de un sistema de igualas para asesoramiento jurídico-laboral continuo a tarifa fija. ¡Descubre cómo podemos ayudarte!

Preguntas Frecuentes Abogados Laboralistas

Hoy en día un abogado laboralista es fundamental debido al gran número de problemas legales que tienen lugar en el entorno del trabajo. Su principal función es asesorar tanto a empresas como a trabajadores para solventar los conflictos laborales que pudieran surgir en el seno de la empresa.

Salvo causa disciplinaria que justifique la extinción del contrato de trabajo, el despido podría ser declarado NULO por los Tribunales, con la consiguiente readmisión del trabajador y el abono de los salarios de tramitación (devengados desde la fecha del despido hasta la que tenga lugar la citada readmisión).

Dependiendo de las circunstancias organizativas de la empresa, podría postergarse la fecha de disfrute de dicho permiso a una distinta de la solicitada por el trabajador.

No, únicamente pueden compensarse económicamente las vacaciones cuando resten días pendientes de disfrute y se produzca por parte de la empresa la extinción de la relación laboral.